La presidenta de la comisión de legislación penal diputada Gabriela Burgos y las diputadas Lopardo, Schmidt Libermann y Albornoz presentaron un proyecto de ley que incorpora la figura del agente encubierto en internet .
Con la incorporación de esta figura se logrará esclarecer miles de casos que quedan impunes todos los años configurados a través de perfiles falsos, anónimos u organizaciones criminales que utilizan herramientas informáticas para no se detectados.
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Esta iniciativa surge de la necesidad de brindar más herramientas a la justicia a la hora de investigar delitos relacionados a la criminalidad organizada. En nuestro país la Asociación Argentina de Lucha Contra el Cibercrimen (AALCC) es una de organizaciones que trabajan la temática y quienes nos han planteado la inquietud de contemplar una modificación en nuestra legislación que brinde una respuesta concreta ante la evolución constante de la concreción de este tipo de delitos.
Como sabemos las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación han dado lugar al nacimiento de nuevos instrumentos de ataque a través de estos medios, siendo cada vez más frecuente la comisión de delitos perpetrados por el uso de Internet.
Es un hecho que millones de personas utilizan Internet, porque entre otras cosas, facilita las comunicaciones entre individuos aportando diversos beneficios, pero también es real que la red facilita la comisión de delitos en el ciberespacio que de otra forma no se habrían cometido ante la posibilidad que tienen los ciberdelincuentes de adoptar otra identidad para acercarse a sus víctimas a través de servicios en línea, o a través de las redes sociales.
Ejemplos de la influencia que tienen las redes podemos apreciar a diario, el 18 de abril del corriente año se ha logrado desmantelar en España una red internacional de pornografía infantil por WhatsApp integrada por usuarios de 18 países de Europa, Centroamérica y Sudamérica donde se ha capturado y detenido en Colombia a más de treinta personas involucradas en este delito transnacional. La investigación continúa abierta en nuestro país.
Casos como este nos interpelan para modificar las leyes existentes y conlleva a la permanente puesta a punto de nuestro sistema penal, que requiere de una evolución paralela a la experimentada por la actividad criminal para dar respuesta a las nuevas exigencias de seguridad planteadas por la sociedad en la que vivimos.
Es por ello que el recurso de la tecnología por parte del Estado cumple en la actualidad un doble papel en relación con el proceso penal: por un lado permite el perfeccionamiento de los medios de análisis para investigación y prueba ofreciendo resultados más fiables, y por otro, permite la persecución de aquellos delitos conectados directamente con la tecnología, cada vez más numerosos.
España por ejemplo ya avanzó en esta temática y en su nueva regulación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el artículo 282 bis, contempla la figura del agente encubierto informático para investigaciones que afecten a actividades propias de la delincuencia organizada, donde el juez de instrucción competente y el ministerio fiscal, podrán autorizar a funcionarios de la policía judicial, y teniendo en cuenta su necesidad a los fines de la investigación, a actuar bajo identidad supuesta y a adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la incautación de los mismos.
Este proyecto busca incorporar la figura de agente encubierto informático a la actual ley 27.319 con el fin de brindar una nueva herramienta a la Justicia ante aquellos obstáculos con los que se encuentra a la hora de investigar estos delitos. La figura del agente encubierto ya se encuentra regulada en nuestra legislación, con este proyecto se pretende dar mayor alcance y especificidad manteniendo lo dispuesto por dicha ley.
Por todo lo expuesto es que es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp?exp=2714-D-2017